Nombre del denunciante: Brenno Vallentini
Nombre del acusado: Sophia Lennox
Fecha de lo ocurrido: 11/08/2025
Motivos de sanción: Acoso (Racismo)
Breve explicación de los hechos: vengo a denunciar un episodio de racismo, lo que es un crimen, el cual fue utilizado un canal OOC para proferir ofensas raciales, incluyendo el uso directo del término "mono"
Aclaro que, el Supremo Tribunal Federal(STF) de Brasil tienen un entendimiento consolidado de que tal término, cuando se dirige a una persona, constituye injuria racial o racismo.
Aunque el servidor esté hospedado en Uruguay, soy ciudadano brasileño, por lo tanto, protegido por la legislación brasileña, incluido el Código de Defensa del Consumidor (Ley Nº 8.078/1990)que garantiza protección contra prácticas abusivas.
Artigo 3º, §2º caracteriza el servidor como prestador de servicios en ambito nacional.
Ley Nº 7.716/1989 – Art. 20: que sanciona la discriminación racial (1/3 años de prisión).
Código Penal, Art. 140, §3º, que castiga la injuria racial (1/3 años de prisión).
Por lo expuesto, creo que esa no es la experiencia que la administracion del SV quiere pasar para el consumidor y para toda la comunidad.
Pruebas sobre lo relatado: https://imgur.com/a/qs0GO6C
Nombre del acusado: Sophia Lennox
Fecha de lo ocurrido: 11/08/2025
Motivos de sanción: Acoso (Racismo)
Breve explicación de los hechos: vengo a denunciar un episodio de racismo, lo que es un crimen, el cual fue utilizado un canal OOC para proferir ofensas raciales, incluyendo el uso directo del término "mono"
Aclaro que, el Supremo Tribunal Federal(STF) de Brasil tienen un entendimiento consolidado de que tal término, cuando se dirige a una persona, constituye injuria racial o racismo.
Aunque el servidor esté hospedado en Uruguay, soy ciudadano brasileño, por lo tanto, protegido por la legislación brasileña, incluido el Código de Defensa del Consumidor (Ley Nº 8.078/1990)que garantiza protección contra prácticas abusivas.
Artigo 3º, §2º caracteriza el servidor como prestador de servicios en ambito nacional.
Ley Nº 7.716/1989 – Art. 20: que sanciona la discriminación racial (1/3 años de prisión).
Código Penal, Art. 140, §3º, que castiga la injuria racial (1/3 años de prisión).
Por lo expuesto, creo que esa no es la experiencia que la administracion del SV quiere pasar para el consumidor y para toda la comunidad.
Pruebas sobre lo relatado: https://imgur.com/a/qs0GO6C
![[Imagen: tGMTnwX.png]](https://i.imgur.com/tGMTnwX.png)

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